República Dominicana
“Año de Atención Integral a la Primera Infancia”
Acuerdo Interinstitucional de Colaboración y
Cooperación
“Para
la Implementación de la Resolución Alternativa de Conflictos y la Promoción de
una Cultura de Paz en el Ámbito de la Seguridad Vial “
Entre
República Dominicana
Y
La
Fundación Red de la Dignidad
(FundaReD)
Santo Domingo, Distrito Nacional,
República Dominicana
28 de enero del 2015.
ACUERDO
INTERINSTITUCIONAL DE COLABORACION Y
COOPERACION
ENTRE:
EL MINISTERIO PÚBLICO (MP), entidad
de derecho público de configuración constitucional, con su domicilio y asiento
social ubicada en el Palacio de Justicia del Centro de los Héroes, situado
entre las calles Hipólito Herrera Billini, esquina Juan Ventura Simón, Santo
Domingo, Distrito Nacional, en la República Dominicana, debidamente
representado por el LICDO. FRANCISCO DOMÍNGUEZ BRITO, dominicano, mayor
de edad, casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No.
031-0191086-1, domiciliado y residente en esta ciudad; en su calidad de
Procurador General de la República, entidad que en lo adelante y para los fines
del presente acuerdo, se denominará “MP” o por su nombre completo.
Y DE LA OTRA PARTE: La FUNDACION RED DE LA DIGNIDAD (FundaReD), entidad sin fines de lucro, Inc, incorporada
por el Poder Ejecutivo, mediante Decreto No. 1298-04, con domicilio en la Calle
Boca Canasta No. 4, Urb. Tropical, Distrito Nacional, en la República
Dominicana, debidamente representada por el ING. MARIO HOLGUÍN, dominicano, mayor de edad, portador de la
Cedula de Identidad y Electoral No. 001-0852172-5, en su calidad de Presidente
Ejecutivo, Inc. y representante de la
referida fundación, entidad que en lo adelante y para los fines del presente
acuerdo se denominará “ FundaRed” o
por su nombre completo.
PREAMBULO
POR CUANTO: El MINISTERIO PUBLICO es responsable de promover la prevención del
delito a través de la mediación y conciliación de disputas que no registren
gravedad penal en atención al Capítulo V, Párrafo I del artículo 169 de la
Constitución de la República Dominicana, establece: “En el ejercicio de sus
funciones el Ministerio Público garantizará los derechos fundamentales que
asisten a los ciudadanos y ciudadanas, promoverá la resolución Alternativa de
disputa, dispondrá la protección de víctimas y testigos y defenderá el
interés público tutelado por la Ley.”.
POR CUANTO: El MINISTERIO PUBLICO, instituirá el
Sistema Nacional de Resolución de Conflictos (SINAREC), amparado en los artículos 37, 38 y 39 del Código
Procesal Penal, en la Constitución de la República en su artículo 169, en el art.
1 de la Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11, de fecha
9 de Junio de 2011 y en la Resolución del Consejo Superior del
Ministerio Público en su Quinta Sesión Ordinaria de Fecha 18 de Noviembre del
2014, mediante Acta No. 0005, para aportar a la sana armonía entre las partes
en conflicto y así desjudicializar gran parte de los casos, para así contribuir
con la paz social y a la descongestión de los tribunales y las cárceles.
POR CUANTO: El MINISTERIO PUBLICO entiende
fundamental la integración y alianza con la ciudadanía para
la sustentación y promoción de la mediación de disputas como vía prevención de
potenciales delitos penales.
POR
CUANTO: FundaRed,
como
entidad no gubernamental dedicada a promover la cultura de la SEGURIDAD VIAL
como tema de Estado, definida esta como el conjunto de políticas e iniciativas sostenibles
y sustentables tendentes a preservar la vida de los usuarios de las vías
públicas mediante el respeto a las normas y el Estado de Derecho establecidos,
lo cual se traduce en una forma de promover la paz en las carreteras, calles y
avenidas.
POR
CUANTO: FundaReD, provee
a los actores dentro de las comunidades educativas y juveniles,
instrumentos y destrezas individuales, para que como mediadores comunitarios y
promotores de una cultura de paz, trabajen en la resolución de conflictos
generados en las vías públicas fomentando la SEGURIDAD VIAL, Realizar estudios,
investigaciones, simposios, seminarios, foros y conferencias en áreas tales
como: SEGURIDAD VIAL relacionada a la resolución de conflictos, por medio de la
mediación y la conciliación como
soluciones alternativas que promuevan la paz,
conservación del medio ambiente y derechos humanos. Así como otras actividades: publicaciones,
entrevistas y escritos relativos al tema de SEGURIDAD VIAL.
POR
CUANTO: FundaReD sirve de plataforma para académicos y
estudiantes nacionales e internacionales interesados en desarrollar actividades
de investigación y capacitación en las áreas antes mencionadas; asistir a
instituciones educativas públicas y
privadas a todos los niveles en el desarrollo curricular para la educación promoviendo la paz y resolución
de conflictos, dentro del ámbito de la SEGURIDAD VIAL.
POR
CUANTO: FundaReD ofrece un espacio natural, un ambiente
ecológico, que promueva una cultura de paz, sana convivencia y reflexión
personal, creando clubes, motivacionales en escuelas y comunidades que
promuevan una cultura de SEGURIDAD VIAL a través de la enseñanza.
POR TANTO, y en el entendido de que
el preámbulo que antecede forma parte integral del presente Acuerdo;
HAN CONVENIDO Y PACTADO LO
SIGUIENTE:
ARTÍCULO
PRIMERO: OBJETO. El presente Acuerdo tiene por objetivo general establecer las bases de una mutua
colaboración entre MINISTERIO
PUBLICO y FundaReD, a
través del Sistema Nacional de Resolución de Conflictos (SINAREC) para sumar
esfuerzos y recursos, en actividades de formación y fortalecimiento del
desarrollo social en aspectos relacionados con la SEGURIDAD VIAL, a través
de la mediación y resolución de conflictos
mediante la participación de líderes comunitarios residentes en sectores
vulnerables.
ARTICULO SEGUNDO: Los
términos de colaboración de este acuerdo se desarrollarán, sin excluir otras
posibilidades, en las acciones que de manera enunciativa se señalan a
continuación:
1. Diseñar
y llevar a cabo un taller prototipo para un grupo de líderes comunitarios en
los Alcarrizos, como modelo experimental, para formar
mediadores-as/facilitadores-as comunitarios en práctica restaurativas, para que
faciliten la gestión de los conflictos por parte de la propia comunidad.
2. Diseñar
e implementar un taller de capacitación para multiplicadores que reproduzcan en
el presente y futuro el modelo de taller prototipo, en otras comunidades y que
la procuraduría, a través de SINAREC pueda darle seguimiento gerencialmente a
las funciones de los facilitadores a través de una guía operativa.
3- Redactar
un manual de operaciones de las funciones de mediación comunitaria en el ámbito
de la seguridad vial, incluyendo una sección presentando lineamientos de un
código ético de esas funciones.
4- Redactar
manuales (3) del multiplicador y del participante de los programas
anteriormente indicados.
En
ese sentido FundaReD se compromete a:
o
Diseño de lineamientos de propuesta:
Conceptualización, parámetros.
ü Diseñar
talleres de formación y manuales:
ü Contenidos
detallados, literatura, redacción de objetos, actividades, parámetros de
ejecución y evaluación.
ü Determinación
de contenidos, ejercicios, estudio de casos, etc.
ü Implementación
programa de los talleres de formación:
ü Realización
de los talleres, determinación de tiempo y lugar para talleres, etc.
ü Evaluación.
ü Evaluación
de Experiencia:
ü Conducción
de una sesión evaluativa con todos los y las involucrados/as
ü Memoria
del programa:
ü Redacción
de un informe con todos los eventos relevantes del proceso, lecciones
aprendidas, recomendaciones, etc.
ü Proveer
asistencia en los servicios de conferencia para las sesiones a desarrollarse en
su centro.
ARTÍCULO
TERCERO: Que el MINISTERIO
PUBLICO garantizara la información marco necesaria para el desarrollo de
tal proceso, entre las que se establece:
ü Listado
de participantes, coordinación de las acciones con y los participantes y en
común acuerdo se definirá el perfil formativo así como las competencias
deseables al finalizar el taller.
ü Establecimiento
de requisitos de certificación de asistencia y en coordinación con FundaReD se
establecerán los patrones de evaluación que determinaran la permanencia de los
y las participantes en los talleres, incluyendo sesiones críticas en las que
todas y todas deberán asistir.
ü Determinar,
antes del inicio de los talleres, los parámetros para evaluar su éxito, que se
reflejaran en la hoja de evaluación, instrumentos de evaluación (pos test) e
incorporación de los y las participantes a las tareas para las cuales han sido
entrenados-as.
ü Aportar
aparte de recursos financieros para cubrir todos los gastos de logística para
el desarrollo de las diferentes sesiones de trabajo: papelería, impresión de
materiales, fotocopias, alimentación, desplazamientos de los-as participantes,
así como el alojamiento en los actividades que lo requieran.
ü Proveer
asistencia de los servicios de confederación para las sesiones a desarrollarse
en su centro.
ARTICULO
CUARTO: Las actividades
que se planteen desarrollar y no estén en el marco del presente acuerdo deberán
contar con el respaldo de acuerdos específicos, debidamente refrendados, que
serán considerados como agenda del presente acuerdo y contendrán: objetivos,
calendario de actividades, presupuesto y fuente de financiamiento (si fuese
necesario), recursos humanos involucrados, responsable de coordinación,
compromisos en materia de propiedad intelectual (si lo hubiere), acuerdo de
confidencialidad (donde se amerite) y las especificaciones adicionales que
pudieran acordarse.
ARTICULO QUINTO: Para
la coordinación del presente Acuerdo, las partes designan una comisión mixta
responsable de la coordinación, el desarrollo y seguimiento del presente
Acuerdo, encabezada por las siguientes personas:
a) Por
FundaReD, Mario Holguín, Presidente
Ejecutivo y una persona suplente a designar.
b) Por
el MINISTERIO PUBLICO, Ángel Gomera, Director General del Sistema Nacional de
Resolución de Conflictos del Ministerio Público y una persona suplente a
designar.
ARTICULO SEXTO: Las
partes convienen en especificar que ninguna de las instituciones concede la
posibilidad de ningún tipo de acuerdo o contrato a nombre de la otra o la
posibilidad de comprometer su responsabilidad más allá de los términos
acordados en el presente Acuerdo.
ARTICULO SEPTIMO: Ambas
instituciones establecerán al inicio de cada plan conjunto los usos posibles de
imagen institucional y los respectivos logotipos. Dichos usos cubren proyectos de difusión, integración
barrial, comunitaria, investigación, publicaciones, actividades de redes
institucionales, agencias internacionales comunicaciones de prensa y otros
eventos conjuntos.
ARTICULO OCTAVO: SOLUCION DE CONTROVERSIAS.
LAS PARTES convienen en agotar todos
los medios para resolver amistosamente, sin litigios, cualquier controversia o
duda que pudiera suscitarse con motivo de este convenio, para tal efecto,
acudirán preferentemente al empleo de mecanismos de solución directa de
controversias. De todas formas, para lo
no previsto en este Acuerdo, las partes se remiten al derecho común.
ARTICULO NOVENO: LAS PARTES declaran que mantienen
independencia en todos los aspectos propios de sus quehaceres, limitándose sus
acciones de colaboración a los términos de contenido del presente Acuerdo, por lo que no necesariamente una o cualquiera de las partes.
ARTICULO
DECIMO: VIGENCIA. LAS PARTES convienen
que este acuerdo tendrá una vigencia de un (1) año, a partir de
la fecha de su firma. No obstante, cualesquiera de LAS PARTES podrá rescindirlo mediante un escrito razonado, con una
antelación de por lo menos treinta (30) días calendario, sin que dicha anulación altere el
desarrollo de los compromisos y las acciones previas acordadas, las cuales
continuarán vigentes hasta su total conclusión.
ARTICULO
DECIMO PRIMERO: ENMIENDAS Y
MODIFICACIONES. Los términos del presente
acuerdo podrán ser modificados o enmendados por acuerdo mutuo entre LAS PARTES mediante Adenda o Enmienda,
la cual regirá a partir de su suscripción sobre los tópicos especificados en la
misma.
PÁRRAFO: A los fines de que LAS PARTES puedan realizar enmiendas o
adenda deberán hacer una solicitud escrita y someterla a la aprobación de ambas
partes.
ARTICULO DECIMO PRIMERO: ELECCION DE
DOMICILIO: Para todos los fines y consecuencias de este Acuerdo, las partes
eligen domicilio en las direcciones que figuran
en la parte introductiva del
mismo, en el cual recibirán válidamente todo tipo de correspondencia o
notificación relativa al presente acuerdo.
ARTICULO DECIMO SEGUNDO: FUERZA MAYOR. Ninguna de LAS PARTES será responsable por demoras
o faltas en la ejecución de las
obligaciones aquí contenidas, debido a causas de fuerza mayor. A los fines de
este acuerdo se entenderá por Fuerza Mayor un hecho o situación que esté fuera
de control de las partes, que sea imprevisible, inevitable y que no tenga como origen la negligencia o falta
de cuidado de la misma. Tales hechos pueden incluir guerras o revoluciones,
incendios, inundaciones, ciclones, huracanes, tormentas, sismos, entre otros.
ARTICULO DECIMO TERCERO: Firma como TESTIGO, al final del presente acto y conjuntamente con LAS PARTES, el LICDO. ANGEL GOMERA, quien es el Director General del Sistema
Nacional de Resolución de Conflictos del Ministerio Público (SINAREC) del
Ministerio Público, dependencia en el marco de la cual se desarrollaran
básicamente las acciones de este acuerdo, Testigo instrumental libre de tachas
y excepciones, requerido al efecto.
HECHO
Y FIRMADO DE BUENA FE en
dos originales de un mismo tenor y efecto, en la ciudad de Santo Domingo,
Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28)
días del mes de enero del año dos mil quince (2015).
Por: El Ministerio
Público
_____________________________________
LIC.
FRANCISCO DOMINGUEZ BRITO
Procurador
General de la República.
Por:
La Fundación Red de la Dignidad (FundaRed)
____________________________________
ING.
MARIO HOLGUIN
Presidente
TESTIGO
_________________________
LIC.
ANGEL GOMERA
Director
del Sistema Nacional de Resolución de Conflictos
del
Ministerio Público
(SINAREC)
Yo,
____________________________________,
abogado Notario Público del Distrito Nacional, Colegiatura No.____________ CERTIFICO Y DOY FE, de que
las firmas que anteceden fueron puestas
voluntariamente en mi presencia por los señores FRANCISCO DOMÍNGUEZ BRITO, MARIO HOLGUIN y ANGEL GOMERA, quienes
aseguran que son las firmas que acostumbran a usar en
todos los actos de su vida pública y privada, cuyas generales y calidades
constan, personas a quienes doy fe conocer. En la ciudad de Santo Domingo,
Distrito Nacional, a los veintiocho (28) días del mes de enero del año dos mil quince (2015).
__________________________________
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Entidades firman acuerdo sobre seguridad vial
Escrito por: El Día (periodicoeldia.rd@gmail.com)
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SANTO DOMINGO.-La Fundación Red de la Dignidad (FUNDARED) y la Asociación Española de Accidentología Vial firmaron un convenio de colaboración mutua para la seguridad vial.
La información la ofreció el presidente de FundaReD, ingeniero Mario Holguín quien aseguró que por la institución española participó el galardonado de la Unión Europea y corresponsal de España para la Seguridad Vial en Europa, Raimundo García Cuesta.
Holguín dijo que el objetivo fundamental de la unión estratégica entre estas dos organizaciones sin fines de lucro, se sintetiza en el fortalecimiento referente al desarrollo de agendas comunes para el mejoramiento de la seguridad en las vías públicas que conlleva a la reducción de la tasa de mortalidad en la República Dominicana por accidentes de tránsito.
En el acto estuvieron presentes otros integrantes de la Fundación Red de la Dignidad entre los que se encuentran los doctores Pablo Arredondo y Bertha Byas y la licenciada Rosa Galay, entre otros
Recientemente el ingeniero Holguín puso en circulación sus nuevas obras “Seguridad Viaria: Nueva Política de Estado en el Hemisferio Occidental” e “Indicadores Catastróficos” donde trata aspectos importantes sobre la inseguridad vial en la República Dominicana.
La Ley de Seguridad Vial es una necesidad en República Dominicana
Ing. Mario Holguin |
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El presidente de FUNDARED, ingeniero Mario Holguín Alvarez, manifestó que la Ley 241-67 que rige el tránsito y el transporte terrestre en la República Dominicana fue en su momento una pieza jurídica muy completa y progresista, hoy resulta obsoleta y atrasada por lo que la sociedad demanda de su actualización y renovación en armonía con las transformaciones a que ha sido sometida bajo los efectos del conocimiento, la información y la comunicación.
Manifestó que hoy se registran casi 3 millones vehículos en la República Dominicana para 9.5 millones de habitantes, con metrópolis que presenta un marcado crecimiento económico y financiero, y un desarrollo en obras infraestructurales inimaginables hasta hace poco tiempo.
Consecuentemente la tecnología y el comercio sufren evolución constante, muy bien aprovechadas por la industria automovilística que gusta fundamentalmente a nuestros jóvenes sin formación adecuada para su uso en convivencia social.
“La República Dominicana se anota entre los países del Hemisferio Occidental de más alto riesgo de muertes en las vías públicas, con una tasa de mortalidad de cerca de 35 fallecimientos por cada 100,000 habitantes a causa de los accidentes de tránsito, afectando mortalmente un 79% de la fuerza productiva de la nación entre 15 y 60 años de edad, sobre todo a los jóvenes de hasta 29 años. A lo que tenemos que adicionarles los daños invaluables al medio ambiente, a la salud de las comunidades y a la economía nacional”.
En tal sentido dijo que miles de familias sumidas en la pobreza cada año, es un saldo trágico para el Estado, que finalmente carga en desmedro de sus planes de desarrollo.
PROLIFERACION Y USO INDEBIDO DE LAS MOTOCICLETAS
Añadió que la proliferación del uso indebido de las motocicletas, de los móviles de comunicación y de sustancias alucinógenas durante la conducción, el irrespeto a las leyes vigentes y la pérdida del temor a la justicia en los usuarios de las vías públicas, nos obliga a imponer nuevas normativas sustentadas en instrumentos jurídicos para su regulación, control y fiscalización. Así como el establecimiento de un nuevo modelo del sistema de autoridad, más justo, transparente y equitativo.
“Al causar la inseguridad vial estragos irreparables en la sociedad y en las economías nacionales convirtiéndose en un freno para el desarrollo de las políticas contra la pobreza, a nivel global están surgiendo políticas de Estado enmarcadas en Planes Estratégicos sostenibles y sustentables procurando enfrentar los efectos de este fenómeno. A esta nueva política se le llama Seguridad Vial en contraposición a la Inseguridad Vial, que es lo que impera por las perturbaciones de los elementos imprescindibles del Tránsito, el Transporte y la Movilidad, los cuales se convierten en factores de riesgo: el hombre, la vía, el vehículo, el medio ambiente y el sistema de autoridad”, precisó.
Dijo que cuya responsabilidad y compromiso de arreglarlo debe asumirlo el Estado y la sociedad dominicana en su conjunto, a partir de la nueva ley que está llevando al debate la Cámara Legislativa en estos momentos, “por lo que proponemos llevar el nombre de “Ley de Movilidad, Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial”, separando los ámbitos de cada competencia bajo la responsabilidad de organismos propios”.
Para que la Seguridad Vial pase a ser materia de primer orden en las políticas de la Estrategia Nacional de Desarrollo, y en armonía los Objetivos de Desarrollo del Milenio y con el Decenio de Acción Global para la Seguridad Vial declarada por las Naciones Unidas.
En conclusión, la Ley que surja de estas discusiones, será efectiva siempre y cuando tenga por misión y objetivo claro de crear una nueva generación de usuarios de las vías públicas y una reducción sustancial de las tasas de mortalidad y morbilidad por siniestros en la circulación. (Menor de 6 muertes por cada 100,000 habitantes).
En función de lo antes expuestos proponemos que la Ley 241-67 sobre tránsito terrestre y transporte sea reformada en su título y fortalecido parte de su contenido, en el marco del proceso de revisión y discusión que se desarrolla en la actualidad.
Asimismo, dijo que proponen que el nuevo título sea “Ley de Movilidad, Tránsito, Transporte y Seguridad Vial”; y consecuentemente se considere en el cuerpo de la misma o en su correspondiente reglamentola creación de un organismo especializado para el manejo del tema “Seguridad Vial”.
Que además, se garantice el proceso en curso de revisión de dicha ley y que abarque una participación multisectorial y multidisciplinaria, para una reforma en los ámbitos de las diversas instituciones.
FundaReD y Fundación EVA Suscriben convenio sobre seguridad vial en Monte Plata
El grado de inseguridad en las vías públicas de la Provincia de Monte Plata, la tasa de mortalidad por cada cien mil habitantes ronda la media de 33 muertes, motivando a la firma de un convenio para la reduccion los los indicadores
FundaReD y Fundación EVA
Suscriben convenio sobre seguridad vial en Monte Plata
Ing. Mario Holguín
FundaReD
Monte Plata. RD
28 de marzo de 2012
La Fundación Red de la Dignidad y la Fundación EVA recién firmaron un acuerdo de colaboración mutua en donde se comprometen a desarrollar trabajos sobre seguridad vial.
Por la Fundación EVA estuvo su presidente el Dr. Luis Pichardo Reyes acompañadodel Coordinador del Proyecto Profesor Valerio Martínez,mientras que por FundaReD estuvieron el Ing. Mario Holguín y el Dr. Pablo Arredondo Germán.
El acto de firma del convenio se hizo públicamente antes los miembros de la comunidad con la presencia como testigo firmante del Síndico de Yamasá, el Lic. Julián Cruz Almonte.
El grado de inseguridad en las vías públicas, específicamente en la Provincia de Monte Plata, es similar a las demás demarcaciones de la República Dominicana, pero en este caso particular, la tasa de mortalidad por cada cien mil habitantes ronda la media de 33 muertes.
Los motoristas y los peatones siguen siendo de mucho cuidado. Pues, según nuestros estudios, al producirse alrededor de 94 víctimas en siniestros viales en el 2010, en un 70% de los accidentes de tránsito intervienen las motocicletas; quiere decir que mensualmente quedan afectadas 8 personas, las cuales dejan centenares de familias al año con serios problemas económicos.
En ese sentido, establecemos claramente nuestra intención de iniciar un proceso de integración de los diversos sectores sociales, empresariales y oficiales a la mejora de la seguridad vial en la Provincia para evidentemente reducir los indicadores de siniestralidad viaria.
El municipio de Yamasá será por donde comenzaremos los trabajos de gestión incorporando a la comunidad y a los escolares. Entre las actividades planteadas está la de formar formadores en las escuelas y en los colectivos de conductores. Así como realizar a jornadas de concienciación para integrar a los familiares de las víctimas. Dichas jornadas culminarían el Día Mundial en Recuerdo a las Víctimas de Accidentes de tránsito en noviembre próximo.